Incentivos fiscales

Imagen  sobre atracción del talento

INCENTIVOS FISCALES PARA ATRACCIÓN DE TALENTO

El Gobierno de Navarra ha ampliado su política de incentivos fiscales para la atracción de talento. Concretamente, el régimen fiscal especial que hasta ahora se aplicaba a personas trabajadoras desplazados a la Comunidad sólo en el caso de actividad de I+D+i y docencia universitaria, se aplica también desde este año a actividades de organización, gerencia, y de carácter técnico, financiero o comercial.

Esta ampliación de los incentivos fiscales para atraer talento se recoge el Artículo 52. ter. de la Ley Foral sobre el IRPF, que regula el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas, a las que se permite optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), manteniendo la condición de sujetos pasivos por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, durante el periodo impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco periodos impositivos siguientes.

Tributar en IRNR significa, con carácter general, que las rentas tributan a un tipo fijo del 24%.

Este régimen especial no es de aplicación para las personas trabajadoras que adquieran su residencia fiscal en Navarra como consecuencia de su desplazamiento a territorio español, si fueron desplazadas al extranjero por la entidad empleadora o por cualquiera de las sociedades situadas en España integradas en el grupo en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, en el plazo de los 10 años anteriores.